Recuerda que la Audiencia Provincial de Cantabria ya sentenció hace tres meses que los bancos no tienen que devolver la parte correspondiente al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados
La asociación estima que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea podría corregir al Supremo, como ya ocurrió con las cláusulas suelo
Unión de Consumidores de Cantabria confirma que se puede seguir reclamando la devolución de los gastos hipotecarios reconocidos, porque la reciente sentencia del Tribunal Supremo solo exime a las entidades bancarias de reintegrar la cantidad correspondiente al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
En el ámbito autonómico –recuerda la asociación- no es una novedad puesto que en noviembre de 2017 la sección 4ª de la Audiencia Provincial de Cantabria dictó una sentencia en el mismo sentido, denegando la devolución de dicho impuesto, la mayor cantidad reclamada en un proceso de estas características. A la vez, la Audiencia obligó a devolver los gastos de tasación, gestoría, notario y registro de la propiedad, además de considerar que también debiera ser objeto de devolución los gastos de cancelación hipotecaria.
UCC ya consideró entonces que la sentencia supone un grave contratiempo para los intereses de los consumidores y advirtió de los riesgos e inconvenientes que se podrían derivar de dichas reclamaciones judiciales a partir de este momento. Por ello, aconseja valorar previamente si la cantidad que se estima recuperar compensa los costes del procedimiento.
No obstante, explica que se puede seguir reclamando “ahora con una mayor seguridad” dejando, incluso, abierta la puerta a reclamar en un futuro esa parte del gasto que ahora se deniega si hubiese un cambio de criterio judicial.
Como ya ocurrió en diciembre de 2016 con las cláusulas suelo, en un futuro el Tribunal de Justicia de la Unión Europea podría dictaminar que los consumidores sí tengan derecho a dicha devolución. En ese supuesto al Tribunal Supremo no le quedaría otra salida que conformar su criterio de acuerdo con el órgano europeo, como sucedió en 2017 cuando tuvo que admitir la retroactividad de la devolución de las cantidades derivadas de la cláusula suelo.
* PARA MÁS INFORMACIÓN:
Enrique Solís, letrado de la Unión de Consumidores de Cantabria
Teléfono: 608 985 656